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Defensa Penal
Detalle de cada causa penal que atendemos, su tipificación legal y los derechos del imputado según el Código Penal y el Código Procesal Penal chileno vigente.
Violencia intrafamiliar
Cuando los hechos constitutivos de VIF revisten carácter de delito (lesiones, amenazas, parricidio, femicidio), el Ministerio Público dirige la investigación y puede solicitar medidas cautelares personales como la detención o prisión preventiva. La defensa debe actuar desde la formalización para proteger los derechos del imputado y garantizar el due process.
Ley 20.066, Art. 14–16; Código Procesal Penal Art. 230 y ss.Desacato
El incumplimiento de resoluciones judiciales vigentes, como medidas cautelares de alejamiento o prohibición de acercamiento, constituye delito de desacato. El juez puede condenar a reclusión menor en su grado mínimo o multa. La defensa evalúa la efectiva notificación de la resolución, la proporcionalidad de la conducta y posibles atenuantes.
Código Penal Art. 240 y 318 bis; Código Procesal PenalConducción en estado de ebriedad
La ley distingue la conducción bajo la influencia del alcohol (0,3–0,8 g/L), sancionada con multa y suspensión de licencia, de la conducción en estado de ebriedad (sobre 0,8 g/L), que puede implicar presidio menor y cancelación de licencia. Si existe accidente con lesionados, las penas se agravan significativamente.
Ley 18.290 (Ley de Tránsito), Art. 193–196; Código Penal Art. 490–492Ingreso irregular al país
El ingreso clandestino al territorio nacional o mediante documentación falsa es sancionado administrativamente con multa y expulsión. Si se acredita habitualidad o participación en redes de tráfico de migrantes, las penas son de carácter penal. La defensa puede plantear circunstancias atenuantes o solicitar acuerdos reparatorios según el caso.
Ley 21.325 (Migración y Extranjería), Art. 68–76Cuasidelitos
Los cuasidelitos son hechos ilícitos cometidos por imprudencia, negligencia o falta de pericia, sin dolo del autor. Incluyen el cuasicidio y las cuasilesiones. La defensa busca demostrar la ausencia de culpa, la concurrencia de caso fortuito o fuerza mayor, o la existencia de culpa exclusiva de la víctima.
Código Penal, Art. 490–492Delitos sexuales
El Código Penal tipifica violación, estupro, abuso sexual, exposición a actos de significación sexual y producción de material sexual de menores. Son delitos de acción penal pública. La defensa exige un análisis riguroso de la prueba pericial y testimonial, el cumplimiento de las reglas de la cadena de custodia y el respeto al principio de inocencia.
Código Penal, Art. 361–375; Código Procesal PenalLesiones
Las lesiones se clasifican según su gravedad: mutilación (art. 395–396 CP), lesiones graves gravísimas (art. 397 N°1), graves (art. 397 N°2), menos graves (art. 399) y leves (art. 494 N°5). La calificación determina el tribunal competente y la pena aplicable. La defensa evalúa la intencionalidad, las circunstancias y posibles causales de justificación.
Código Penal, Art. 395–403 bisDelitos económicos
La Ley de Delitos Económicos de 2023 amplía el catálogo de conductas punibles en el ámbito económico: estafas, fraudes al fisco, administración desleal, colusión y otros. Incorpora penas especiales como el decomiso de ganancias obtenidas, la inhabilitación para contratar con el Estado y la publicación de la condena.
Ley 21.595 (Delitos Económicos, 2023); Código Penal Art. 467–473Delitos funcionarios
Los delitos cometidos por funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos incluyen malversación de caudales públicos, fraude al fisco, cohecho, prevaricación y otros. Las penas comprenden presidio, multa e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. La defensa analiza la calidad funcionaria del imputado y el nexo con la función.
Código Penal, Art. 220–260Porte de arma
La Ley de Control de Armas sanciona el porte, tenencia, fabricación, importación y transferencia de armas de fuego, municiones y explosivos sin autorización de la Dirección General de Movilización Nacional. Las penas varían entre presidio menor y mayor según el tipo de arma, los antecedentes del imputado y las circunstancias del hecho.
Ley 17.798 (Control de Armas)Hurtos y robos
El hurto es la apropiación de cosa mueble ajena sin la voluntad de su dueño y sin fuerza ni violencia; el robo añade fuerza en las cosas o violencia en las personas. La cuantía de lo sustraído y las circunstancias determinan la pena. La reincidencia agrava sustancialmente la sanción. La defensa examina la prueba de cargo, la identidad del autor y las atenuantes aplicables.
Código Penal, Art. 432–456 bis¿Tienes una causa penal?
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